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12 de septiembre de 2023

Fuente: Andina.

Por Enrique Sotomayor Trelles (*)

El Perú es un país de devenir coyuntural vertiginoso. Por eso, cifrar nuestra atención en julio del 2018 asemeja a una operación de buceo en las profundidades de un pasado que, aunque reciente, suena distante. En julio de aquel año se filtraron a la prensa un conjunto de audios que involucraban a jueces y miembros del entonces existente Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Estos audios comprometían graves tratativas sobre actos ilícitos, tales como organización criminal, cohecho y tráfico de influencias [1]. El escándalo político remeció hasta las bases a un sistema de justicia en crisis permanente, y el resultado fue un consenso político y social sobre la necesidad inmediata de realizar reformas. Tal consenso se canalizó en la remoción de los miembros del CNM y una posterior iniciativa de referéndum para la reforma constitucional. En lo referente al sistema de justicia, la reforma involucraba la desaparición del CNM y su reemplazo por una nueva entidad llamada Junta Nacional de Justicia (JNJ). La reforma constitucional fue aprobada por la ciudadanía y es así como el actual artículo 150 de la Constitución establece que la JNJ se “…encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando estos provengan de elección popular.” Para ello cuenta con un grado de autonomía e independencia que le permita no sucumbir a presiones políticas y sociales. Finalmente, de acuerdo con el artículo 154 de la Constitución, se incluye la función sancionatoria para jueces y fiscales, mediante la cual se puede destituir, amonestar y suspender a estos, dependiendo de las particularidades del encausado.

Reseñar estos hechos de conocimiento común es importante porque durante las últimas semanas hemos visto desfilar ante los aletargados ojos de una sociedad civil agotada por la crisis política una serie de tergiversaciones y medias verdades. Es necesario, ahora, volver a la crisis actual que enfrenta al Congreso con la JNJ.

El 23 de agosto la congresista Patricia Chirinos (Avanza País) presentó una moción para lograr la remoción de los miembros de la JNJ. Dicha moción fue finalmente aprobada en la sesión del 7 de setiembre, en la que se dispuso una investigación sumaria por el plazo de 14 días, a cargo de la Comisión de Justicia, a los miembros de la Junta. El centro del argumento de la congresista radica en un supuesto intento de injerencia ante un juez supremo, ejercido por tres miembros del JNJ para favorecer a la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos. A ello se suma información sobre el proceso disciplinario abierto contra la actual fiscal de la Nación, Patricia Benavides [2]. Finalmente, se incluye el cuestionamiento contra un comunicado emitido por la JNJ de fecha 23 de mayo. En este la JNJ solicita al Congreso “…mayor reflexión en torno a la acusación constitucional que se tramita contra la ex fiscal de la Nación Zoraida Ávalos Rivera, teniendo a la vista que las imputaciones en su contra guardan relación con el criterio jurídico adoptado en ejercicio legítimo de la función fiscal, como expresión de su propia independencia.”[3]

En la aprobación de la moción de orden del día se apela al artículo 157 de la Constitución como fundamento de la decisión adoptada [4]. Dicho artículo, replicado en el artículo 6 de la Ley Orgánica de la JNJ, dispone que los miembros de la JNJ pueden ser removidos por causa grave cuando exista acuerdo congresal con un voto conforme de dos tercios del número legal de miembros. 

Los hechos hasta aquí descritos son graves por varias razones, pero desearía centrarme en tres de estas:

  1. El escenario nos pone nuevamente ante un panorama de juego rudo constitucional (Constitutional Hardball). El concepto fue desarrollado por el constitucionalista estadounidense Mark Tushnet y hace referencia a una práctica en la que actores políticos —en este caso el Congreso— hacen uso de atribuciones formales, aunque indeterminadas, para cuestionar arreglos institucionales establecidos. En este caso el Congreso abusa de la atribución para remover a miembros de la JNJ por causa grave, aprovechando que dicha expresión no cuenta con contornos constitucionales ni legales claramente delimitados. Gran parte de la crisis política perpetua en la que vive nuestro país desde 2016 se explica por usos dudosos del texto constitucional para avanzar intereses políticos coyunturales. No hay Constitución que soporte en el mediano plazo tales niveles de instrumentalización normativa, y no hay democracia que sobreviva con tales niveles de arbitrariedad en la interpretación del derecho.
  2. El argumento de la analogía establece una comparación descabellada. Como hemos reseñado al inicio de este artículo, el escenario de remoción de miembros del CNM en 2018 es completamente distinto al escenario actual. En la crisis de los audios del 2018 teníamos indicios graves de la comisión de actos delictivos, mientras que el contexto actual es el de una tensión entre poderes del Estado y un entramado, en las sombras, de intereses políticos que se buscan canalizar en estrategias legales. Por ello asistimos a un intento de reescribir la historia reciente de forma tal que calce con los intereses políticos de turno.
  3. Las condiciones de la investigación dispuesta a los miembros de la JNJ no permiten vislumbrar el cumplimiento de garantías procedimentales mínimas. Por un lado, nos encontramos ante una investigación a todos los miembros de la Junta, lo cual es extraño si consideramos que las acusaciones más graves son solo contra algunos de sus miembros; por otro lado, la misma se desarrollará en un plazo apretado y en un entorno hostil. Asimismo, la indeterminación de las imputaciones tampoco permite desarrollar una estrategia de defensa; el tipo de “causa grave” permanece, como hemos visto, altamente indeterminado.

En conclusión, la coyuntura actual muestra una instrumentalización flagrante del texto constitucional y del orden legal para avanzar intereses políticos. Es muy difícil que una democracia no resulte gravemente erosionada en un escenario como este.

(*) Abogado y magíster en Filosofía por la PUCP y docente de la Facultad de Derecho PUCP.


[1] Una cronología completa sobre el caso se puede consultar en el siguiente enlace: https://cdn01.pucp.education/idehpucp-images/2020/08/REPORTE-CUELLOS-BLANCOS.-pdf.pdf

[2] https://www.idl-reporteros.pe/investigacion-en-jnj-plantea-abrir-procedimiento-disciplinario-a-benavides/

[4] Se puede consultar todo el trámite en el siguiente enlace: https://wb2server.congreso.gob.pe/smociones-portal/#/expediente/2021/7565