Por Diego Portillo (*)
En Condorcanqui, la protección de una niña parece depender menos de la capacidad del Estado que de la presión ejercida por las organizaciones indígenas y los medios de comunicación. Los recientes casos de violencia sexual denunciados en Condorcanqui, en agravio de niñas y adolescentes awajún y wampis, vuelven a exponer una realidad dolorosa. En comunidades alejadas de los centros urbanos, la distancia geográfica se convierte también en una insondable distancia frente a la justicia, la salud y la protección estatal.
Recientemente, la organización de juventudes Awajún y el Consejo de Mujeres Awajún Wampis Umukai Yawi (COMUAWUY) se pronunciaron y describieron una cadena de fallas graves. Un agresor permanece prófugo; las familias denunciantes reciben amenazas; y una niña no puede acceder oportunamente a diligencias esenciales porque en su territorio no existen Cámara Gesell, médico legista, personal permanente del Centro Emergencia Mujer (CEM) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) ni transporte fluvial operativo. Incluso las medidas de protección corren el riesgo de convertirse en simples documentos cuando no hay presencia policial que las haga cumplir.
Estamos ante una desprotección estructural producida por instituciones que no llegan, no se articulan o reaccionan únicamente cuando los casos alcanzan visibilidad mediática. La reiteración de estas situaciones demuestra que el problema ya ha sido diagnosticado, pero no atendido con la continuidad y la urgencia necesarias. El Estado desprotege y resulta imperativo ponderar el problema ante la gravedad de su naturaleza.
La respuesta estatal tardía también agrava el daño psicológico. Obligar a una niña a repetir su relato ante distintas autoridades, trasladarla durante horas para acceder a un servicio o dejar a su familia expuesta a amenazas incrementa el riesgo de revictimización. La recuperación no se resuelve con una intervención puntual pues se requiere de atención psicológica especializada, intercultural y sostenida en el tiempo, tanto para la víctima como para su entorno familiar y comunitario.
Desde los derechos humanos, la ausencia de servicios adecuados constituye una forma de discriminación territorial, étnica, de género y por edad. Las niñas indígenas tienen los mismos derechos que cualquier otra niña del país. Sin embargo, en la práctica, deben superar barreras que el propio Estado ha permitido que persistan. La protección de la infancia no puede depender de la presión de las organizaciones sociales ni de la repercusión pública que alcance cada caso.
Ahora bien, la respuesta efectiva exige pasar de los anuncios a una presencia estatal permanente. Es indispensable reactivar la comisaría de El Cenepa con personal suficiente y capacitado en género, niñez e interculturalidad; instalar una Cámara Gesell y servicios de medicina legal en Huampami; garantizar la presencia estable del Centro Emergencia Mujer y de profesionales de trabajo social; y establecer un sistema de transporte fluvial de emergencia con presupuesto, mantenimiento y responsables claramente definidos.
También se necesita un protocolo territorial que articule a la Policía, la Fiscalía, el Poder Judicial, los sectores de Salud y Educación, y los servicios de protección. Este protocolo debe fijar plazos, responsabilidades y mecanismos de seguimiento para impedir que una denuncia se pierda entre instituciones. Asimismo, debe garantizar intérpretes en lenguas indígenas, evitar la repetición innecesaria de testimonios y proteger efectivamente a familiares, lideresas y organizaciones que acompañan las denuncias.
Los sectores de Salud y Educación también deben asumir un papel decisivo. Salud debe garantizar atención médica y psicológica inmediata, gratuita, intercultural y sostenida, asegurar la disponibilidad permanente de los kits de emergencia y establecer rutas de referencia que no dependan de largos traslados. Educación, por su parte, debe fortalecer la prevención, capacitar al personal para reconocer señales de alerta y activar oportunamente los protocolos, sin convertir a docentes o directivos en investigadores ni exponer a las niñas a interrogatorios que puedan revictimizarlas. Ambos sectores deben coordinar con las familias, las organizaciones indígenas y el sistema de justicia, incorporar intérpretes awajún y wampis, y asegurar que la denuncia y el proceso de recuperación no provoquen la interrupción de la trayectoria educativa de las víctimas.
Finalmente, una democracia con alta voluntad política se mide también por su capacidad para proteger a quienes tienen menos poder. Mientras una niña deba esperar que su caso llegue a los medios para recibir atención, el Estado peruano seguirá llegando tarde. Proteger a las niñas awajún y wampis no es un gesto de asistencia, es una obligación jurídica, ética y política impostergable.
(*) Coordinador de Investigación del Centro de Investigaciones y Servicios Educativos (CISE) y docente PUCP



