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Notas informativas 23 de noviembre de 2018

Teniendo en cuenta la importancia del seguimiento de casos en materia de lavado de activos, la Clínica Jurídica de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga (UNSCH), socia estratégica del Idehpucp, presentó un amicus curiae para que la investigación a José Ricardo Taipe Pacheco, ex alcalde de la municipalidad distrital de Anco y provincial de Churcampa, continúe.

La petición fue entregada a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada del Distrito Fiscal de Ayacucho, que investiga a Taipe Pacheco – actualmente con mandato de prisión preventiva-, Agustina Teodosia Pacheco Trillo de Taipe, José Enríquez de La Peña, Edith María De La Cruz Ñahuero y Pompeyo Yance Oergón. Gracias a la información brindada por un colaborador eficaz se pudo dar inicio a las indagaciones del caso. Aquello demuestra que este mecanismo procesal viene siendo utilizado en delitos complejos como el lavado de activos. Además, la declaración del colaborador eficaz fue corroborada, lo cual indica que sí pueden ser valoradas en el proceso en curso.

La fiscalía parte de la hipótesis de que José Ricardo Taipe Pacheco, durante su gestión como alcalde en las municipalidades distrital de Anco y provincial de Churcampa, habría obtenido ganancias ilícitas provenientes del delito de peculado, el cual se encuentra en etapa de investigación, las cuales habría convertido mediante la adquisición de bienes muebles e inmuebles a nombre propio y de terceros. Los demás investigados habrían ocultado los activos provenientes de este delito adquiriendo previamente ciertos inmuebles. Cabe recordar que una agravante de este delito es ser funcionario público, condición que reúne José Ricardo Taipe Pacheco.

Asimismo, se menciona el valor de la prueba indiciaria en el proceso del delito de lavado de activos, debido a que se examina una variada documentación que requiere de un análisis conjunto tendiente a acreditar no solo el delito precedente, sino el conocimiento de la procedencia ilícita de los activos que habrían sido lavados.

En consecuencia, se concluye que en el presente caso existen suficientes elementos para que el proceso continúe y se logre el acopio de pruebas necesarias a fin de poder determinar las responsabilidades penales individuales que correspondan.