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29 de marzo de 2022

Escribe: María Eugenia Ulfe (*)

La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad que ocurre en periodos de conflictos o de violencia política interna por acción del Estado u otros agentes que actúan en su nombre o con su anuencia. Pero la desaparición de personas no se produce solamente en esas situaciones. En el Perú la desaparición continúa padeciéndose en democracia. En el mes de diciembre del 2021 la Defensoría del Pueblo alertó que 154 mujeres adultas y 367 niñas y adolescentes fueron reportadas desaparecidas.[1]. Durante el año 2021, fueron emitidas 5904 notas de alerta por la Defensoría del Pueblo: 2007 correspondientes a mujeres adultas y 3897 a niñas y adolescentes mujeres.  Si se revisan las cifras con mayor detalle, puede verse cómo el crecimiento es continuo a lo largo del año.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables reconoce la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes mujeres como una manifestación de violencia contra las mujeres. No es tarea fácil acceder al proceso de presentar una denuncia en comisarías o instancias de gobierno sobre la desaparición de mujeres o de niñas o adolescentes mujeres. Además de las razones afectivas, muchas veces estos espacios de denuncia formal están ubicados únicamente en urbes, en ciudades y en capitales de provincia a donde deben acceder quienes presentan la demanda.

Adicionalmente, los mandatos heteronormativos muchas veces también impiden que se asuma la desaparición como un crimen per se, tal como sucede en el caso específico de mujeres. Esto es debido a que este se imprime de frases estereotipadas que trasladan el delito a la víctima y no al victimario, lo cual tienen como consecuencia la revictimización de la persona sobre quien se realizó la acción de violencia.

Con mi colega Silvia Romio[2] analizamos por qué fue tan difícil para pobladores indígenas denunciar estos crímenes en sus comunidades durante el periodo de violencia interna en el Perú. La poca diligencia y el hecho de que el crimen no estuviera tipificado como tal en el Código de Derecho Penal sino hacia final de la década de 1990 impidieron el procesamiento de numerosas desapariciones y la investigación de sus causas.

Ha sido arduo el camino recorrido por organizaciones de derechos humanos para conseguir que los casos sean sancionados. No obstante, en la búsqueda se escapaba un tema central: el que en diversas ocasiones fueron buscados y denunciados casos donde las víctimas directas eran hijos, esposos y hermanos; mas no aquellos donde se trataba de familiares mujeres.  Esto retrata también mandatos patriarcales, formas estereotipadas de construcción de la investigación y del perfil de la víctima y, en última instancia, incómodos silencios por parte de los actores locales.

Pero, más allá de esos casos referidos al periodo del conflicto armado interno, una reciente publicación del Instituto Nacional de Estadísticas e Informáticas (INEI)[3] en la que se combina información del INEI, el Ministerio Público, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Policía Nacional del Perú, muestra una tasa altísima de desaparición de mujeres y de feminicidio. Esto se debe al hecho de que los casos de feminicidio y violencia contra la mujer se incrementaron en tiempos de pandemia, lo que lleva a pensar que la casa no es el hogar ideal y seguro que muchas veces se imagina.

«Entre la amplia agenda judicial en materia de derechos humanos vinculada con el conflicto armado, los juicios por violencia sexual como, por ejemplo, el caso Manta-Vilca[4], siguen esperando sentencia.»

Por ejemplo, en la Provincia Constitucional de El Callao se observa un incremento de 0.6 a 0.9 en el año 2020. Entre 2019 y 2020 esto pasa a 1 víctima por cada 100 mil mujeres (p. 22). Sin embargo, el problema es más serio cuando estos datos se contrastan con las sanciones: el Reporte de la Defensoría del Pueblo citado anteriormente, muestra que, de nueve casos de feminicidio, cuatro de los denunciados recibieron orden de prisión preventiva, dos están en investigación preliminar, uno se quitó la vida y dos están en situación de “no habidos”.

Por otra parte, si retomamos el estudio planteado con Silvia Romio, notaremos que, entre la amplia agenda judicial en materia de derechos humanos vinculada con el conflicto armado, los juicios por violencia sexual como, por ejemplo, el caso Manta-Vilca[4], siguen esperando sentencia. La estrategia de los acusados consiste en desestimar la denuncia, que es un punto más complejo que dilatar las audiencias, demorar la recopilación de testimonios o aplazar así la sentencia.

Todo eso también sucede cuando cuestionan la denuncia misma: por ejemplo, al señalar que hubo algún consentimiento al referirse a las demandantes como enamoradas. Esto, además, se vincula con un tema previo, que tiene relación con la administración de justicia: el desconocimiento de funcionarios públicos y la policía respecto de la toma de testimonios y las maneras de enfrentar estos delitos.

“Sin justicia no hay reparación”, repiten muchas veces las víctimas. La justicia no puede ser revictimizante. Se requiere justicia para avanzar en equidad de derechos. Es desalentador mirar el delito de la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes mujeres en perspectiva histórica, notar su permanencia en el tiempo y el camino cuesta arriba para las mujeres que aún hoy claman por justicia.

(*) Profesora principal Departamento de Ciencias Sociales (PUCP). Miembro de la Asamblea IDEHPUCP. Este artículo fue publicado previamente para el Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo – Cider.


[1] Defensoría del Pueblo del Perú. (2021). Reporte Igualdad y no violencia No. 23. ¿Qué pasó con ellas?  Diciembre. Disponible en: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2022/01/Reporte-23.pdf
[2] Véase, Ulfe, M.E. & S. Romio (2021), “Género y violencia: desmontando el perfil de víctima del Informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en Perú”, en: D. Gómez, A. Bernal, J. González, D. Montealegre y M. Manjarrés (editoras), Comisiones de la verdad y género en países del sur global: miradas decoloniales, retrospectivas y prospectivas de la justicia transicional. Bogotá: Universidad de los Andes, pp. 373-410.
[3] Véase: INEI. (2022). Perú: Femicidio y violencia contra la mujer 2015-2020. Lima: INEI.
[4] El caso Manta-Vilca es como se conoce a los crímenes de violencia sexual ocurridos entre 1984 y 1998 contra mujeres de las comunidades de Manta y Vilca en Huancavelica. Fue uno de los casos remitidos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación al Ministerio Público. El juicio oral se inició en el 2016 y aún continúan las audiencias y pendiente su sentencia.