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Reseñas 8 de septiembre de 2020

Cécile Blouin, investigadora de Idehpucp, publicó recientemente, en co-autoría con Luisa Feline Freier e Isabel Berganza SetIén el artículo académico “El elemento situacional de violación masiva de derechos humanos de la definición ampliada de Cartagena: hacia una aplicación en el caso venezolano”. Conozcamos a continuación algunos de los principales aportes de esta publicación aparecida en la Revista Chilena de Derecho, número 47 vol.02 (2020)

La mayoría de los países en América Latina han incorporado en su legislación nacional la definición ampliada de refugiado de la Declaración de Cartagena de 1984. La intención que anima la adopción de esta definición ampliada  es responder adecuadamente  a  flujos  de  desplazamiento cuyas causas no estaban previstas inicialmente por la Convención de 1951 y cuyas  consecuencias  son  dramáticas  no  solo  en  términos numéricos,  sino  también por  las  necesidades  de   protección de esta población. La definición de Cartagena basada en 5 elementos situacionales busca  proteger  a  quienes podrían quedar desprotegidos por la  definición  convencional. Sin embargo, esa definición ha sido aplicada pocas veces.

Frente al éxodo de personas venezolanas, y en un contexto de endurecimiento de las políticas migratorias en general, y hacia la población venezolana en especial, es  necesario discutir sobre la posible aplicación de esta definición a dicha población. Para ello, el artículo busca entender y conceptualizar uno de los elementos situaciones previstos en la Declaración de Cartagena: la violación masiva de derechos humanos, y aplicarlo al caso venezolano. Una de las principales conclusiones del artículo es que es preciso aplicar la definición de Cartagena de manera conjunta mediante el reconocimiento prima facie, como un paso más en el marco de protección progresiva hacia personas refugiadas de la región.

Otro aporte significativo de este artículo es ofrecer una aproximación conceptual al elemento situacional de “violación  masiva  de  derechos  humanos” desde el Derecho Internacional.  Con ello, se plantea la discusión sobre la pertinencia de aplicar la definición de Cartagena también en otros contextos de protección internacional que rebasan a la definición tradicional de persona refugiada.

Para conocer el texto completo del artículo ingrese aquí: http://ojs.uc.cl/index.php/Rchd/article/view/17593


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